El TS decidirá la posible indemnización de Candelaria a la adjudicataria del Centro Deportivo

El Supremo acepta pronunciarse sobre los posibles 216.000 euros que en 2022 el TSJC ordenó que abonara el consistorio a la empresa adjudicataria del Centro Deportivo de Candelaria

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Imagen del terreno donde se ubicará el Centro Deportivo de Candelaria. / GOOGLE
Imagen del terreno donde se ubicará el Centro Deportivo de Candelaria. / GOOGLE

El Tribunal Supremo (TS) ha aceptado pronunciarse sobre la posible indemnización de 216.500 euros que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en 2022 ordenó que abonara el Ayuntamiento de Candelaria a la empresa adjudicataria del Centro Deportivo de Candelaria.

Esta cantidad debe ser desembolsada después de que en 2017 el TSJC anulara la adjudicación para construir esta obra, que tenía un presupuesto de 7 millones de euros pero que nunca se llegó a iniciar.

A partir de aquí, se debatió en los tribunales sobre la posible indemnización que le podría corresponder a la UTE, a la que los juzgados dieron la razón en 2022 por lo que el Ayuntamiento ha recurrido al Supremo que ahora se ha mostrado dispuesto a estudiar este contencioso.

Colaboración entre Ayuntamiento y UTE

El Supremo entiende que existió una colaboración entre el Ayuntamiento y la UTE a la hora de elaborar el anteproyecto que concluyó en la adjudicación luego anulada. Este extremo se basa en que en aquel documento existían previsiones “dispares o confusas” sobre los usos a los que se destinaban las obras, que conocían los empresarios y que determinaron que no se pudiera ejecutar el Centro Deportivo.

La adjudicataria apeló a que existió una responsabilidad patrimonial de la Corporación local derivada de la nulidad del contrato, tras lo cual se entra en una fase de liquidación en la que la parte que resulte culpable debe indemnizar a la contraria de los daños y perjuicios.

Además manifestaban que no tenían responsabilidad alguna en lo ocurrido y prueba de ello es que la Corporación local le devolvió los avales, a lo que el Ayuntamiento responde que no todos los gastos en los que incurrió la UTE para concursar son indemnizables.

El TSJC dio la razón a los empresarios 

En primera instancia el Juzgado de lo contencioso se puso del lado del Ayuntamiento al entender que la adjudicataria podía conocer la “evidente” divergencia entre el objeto de la obra proyectada técnicamente y el fijado, en el contrato.

Pero a continuación el año pasado el TSJC le dio la razón a los empresarios y concluyó que debían ser indemnizados por un total de 216.500 más intereses, en concepto de responsabilidad patrimonial.

El Tribunal Superior discrepó del fallo inicial del Juzgado que dio la razón al Ayuntamiento al concluir que todos los informes que se les facilitó a los empresarios en su día era positivos y de ahí que se les adjudicara la obra por 7 millones. Por lo tanto, de las facturas presentadas entonces se determinó que la indemnización debía sumar 216.500 euros, más los intereses legales.

Proyecto

La actuación consiste en la construcción de una gran piscina, solarium y equipamiento deportivo pero para compensar el gasto se incluyó también un centro comercial de 2.700 metros cuadrados y un aparcamiento, actuaciones que no estaban contempladas en el Plan General.

De ahí que la adjudicación quedara anulada en 2017 dado que el proyecto de los empresarios no cumplía con las prescripciones técnicas del concurso al exceder el centro comercial los contemplados inicialmente.

Los tribunales y el secretario del Ayuntamiento consideraban que la Corporación local no podía situar en suelo público un espacio dedicado a otros fines que no fueran los deportivos

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