La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a Suso Olivares, conocido por su participación en el programa La Isla de las Tentaciones, y a Miguel Ángel L.A., acusados de violar presuntamente a una adolescente de 17 años en la madrugada del 30 de abril de 2018 en Puerto Rico (Gran Canaria).
Ambos se enfrentaban a una petición fiscal de once años de prisión por una supuesta agresión sexual denunciada por una joven neerlandesa, menor de edad en el momento de los hechos.
Testimonio sin pruebas que lo confirmen
La sentencia, hecha pública este miércoles, destaca que el testimonio de la denunciante fue “firme y persistente” en su imputación a ambos procesados, cumpliendo dos de los criterios habituales para considerar una declaración como prueba de cargo.
Sin embargo, el tribunal concluye que faltan elementos de corroboración que sustenten la versión de la joven y den “verosimilitud suficiente” a su relato. Los magistrados indican que, ante esa ausencia, debe prevalecer la versión de los procesados, que siempre defendieron que las relaciones fueron consentidas.
El tribunal cuestiona la falta de claridad en la negativa
El fallo analiza un mensaje clave: la joven escribió en un traductor de móvil “No, I can’t” (“No, no puedo”) cuando uno de los hombres le propuso ir al baño tras besarse. Para los jueces, esta frase no constituye una negativa rotunda, sino una respuesta “no concluyente”.
Además, la Audiencia subraya que los encuentros sexuales se produjeron en momentos cercanos y de forma separada, sin indicios de que los acusados planificaran una agresión sucesiva o coordinada.
Lesiones no concluyentes
La joven presentaba laceraciones en la vulva, pero el tribunal afirma que estas “pudieron originarse de diferentes formas” y no prueban un uso de fuerza.
Respecto a los gritos que escuchó una amiga después del segundo encuentro, la sentencia señala que no queda claro si se debieron a una agresión o a que la denunciante descubrió que uno de los hombres la había grabado sin permiso.
Presunción de inocencia
La Audiencia concluye que, ante la imposibilidad de alcanzar certeza de culpabilidad, debe aplicarse el principio in dubio pro reo, es decir, resolver en favor del acusado ante la existencia de dudas.
“Se impone mantener la presunción de inocencia”, señala el fallo, que zanja esta pieza judicial marcada por contradicciones, ausencia de pruebas concluyentes y un relato que el tribunal considera insuficiente para condenar.