Rafael Inglott, del despacho Zentia Abogados, que lleva a varios afectados por las liquidaciones ilegales de la zona azul en Las Palmas de Gran Canaria. / MONTAJE ATLÁNTICO HOY
Rafael Inglott, del despacho Zentia Abogados, que lleva a varios afectados por las liquidaciones ilegales de la zona azul en Las Palmas de Gran Canaria. / MONTAJE ATLÁNTICO HOY

El Ayuntamiento abre la puerta a la devolución de las sanciones en la zona azul de la capital grancanaria

La nulidad de pleno derecho reconocida por Gestión Tributaria permite reclamar los tasas cobradas de forma exprés, sin permitir alegaciones. El plazo no prescribe y el abogado Rafael Inglott anima a los miles de afectados a solicitar el reintegro

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El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria reconoce en una resolución que las liquidaciones de las tasas de la zona azul son nulas de pleno derecho si fueron cobradas o abonadas de manera directa, es decir, sin darle al contribuyente la posibilidad de defenderse.

El reconocimiento expreso de esta anomalía abre la puerta a la reclamación de miles de liquidaciones, pues el plazo para exigir este tipo de nulidades radicales no prescribe nunca, incluso si la deuda lleva años pagada, explica Rafael Inglott, del despacho Zentia Abogados.

Inglott ha ganado en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo varios pleitos de esta naturaleza. La avalancha de demandas obligó al Ayuntamiento a modificar su sistema para girar las tasas, adoptando el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Municipal, que en 2021 se pronunció a favor de la nulidad.

Aval del Consejo Consultivo

La novedad ahora, tras un dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, es que las liquidaciones con ese defecto procedimental son nulas de pleno derecho. Así lo reconoce el órgano municipal de Gestión Tributaria tras la reclamación de una conductora, la cual lleva varios años batallando contra la ilegalidad del sistema empleado para girarle cobros en más de 30 veces.

Inglott explica que el impacto de la resolución municipal va mucho más allá del caso particular. Al reconocer el Ayuntamiento sus propias irregularidades, se derriba el sistema exprés con el que la ciudad cobró miles de tasas de aparcamiento durante años, abriendo la puerta a que los conductores que pagaron y callaron puedan ahora reclamar su dinero.

Cómo funcionaba el sistema

Durante años, el Ayuntamiento aplicó un mecanismo de cobro rápido y automatizado que dejaba indefenso al ciudadano. Según explica el letrado, un controlador de la empresa pública Sagulpa detectaba un vehículo aparcado en zona azul sin el tique del parquímetro o con el tiempo rebasado, la incidencia se comunicaba directamente al Servicio de Tributos, y el Ayuntamiento notificaba la "liquidación de la tasa" al titular del vehículo exigiendo el pago.

"Sin previo requerimiento. Sin trámite de audiencia. Sin procedimiento de comprobación", denuncia Inglott. "El ciudadano recibía el documento de liquidación y, en la gran mayoría de los casos, pagaba por miedo a recargos o embargos".

Indefensión y vulneración legal

El problema es que este procedimiento exprés vulnera la Ley General Tributaria, la cual prohíbe girar una liquidación de este tipo a las primeras de cambio. La administración está obligada a tramitar un procedimiento específico previo, con la finalidad de que el interesado pueda alegar, dar su versión y aportar pruebas. El Ayuntamiento se saltó este paso de forma sistemática.

Por qué hay que devolver el dinero

Aunque los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo llevan años quitándole la razón al Consistorio y el Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM) censuró esta práctica en 2021, el gobierno local continuó aplicando el mismo esquema. Hasta ahora.

Tras una batalla legal que ha llegado hasta el Consejo Consultivo de Canarias —el máximo órgano jurídico de la comunidad autónoma—, el Ayuntamiento se ha visto obligado a reconocer que estas liquidaciones son nulas de pleno derecho.

Un vicio legal incurable

La diferencia técnica entre un acto "anulable" y uno "nulo" es lo que verdaderamente cambia las reglas del juego para los ciudadanos: un acto anulable puede ser corregido o subsanado por la administración con el tiempo, mientras que un acto nulo de pleno derecho sufre de una ilegalidad tan radical que es incurable: debe ser expulsado por completo del ordenamiento jurídico y borrarse todos sus efectos.

En la práctica, esto significa que el Ayuntamiento está obligado a devolver todo el dinero ingresado ilegalmente más los intereses de demora correspondientes. En el caso concreto que ha destapado el escándalo, una vecina de la capital ha logrado que se le anulen más de 30 liquidaciones acumuladas tras años de pleitos.

¿Qué pasa con los que ya pagaron?

La importancia de esta resolución es mayúscula porque rompe el principio de que los actos administrativos firmes no se pueden tocar. Normalmente, si un ciudadano recibe una liquidación, no la recurre en plazo y la paga, pierde cualquier opción de reclamar. Sin embargo, al tratarse de una nulidad de pleno derecho, ese muro decae.

Cualquier conductor de Las Palmas de Gran Canaria que conserve justificantes de pago por liquidaciones de la zona azul giradas mediante este procedimiento ilegal puede solicitar la revisión de su caso.

Viable pero no automático

El camino no será automático ni fácil, advierte Inglott, pero sí posible, como acredita su reciente victoria ante la poderosa asesoría jurídica municipal.

"La nulidad de pleno derecho en materia tributaria es un procedimiento excepcional, de interpretación estricta. Hace falta que el vicio sea de entidad suficiente. En este caso lo es, y así lo ha confirmado el Consejo Consultivo, pero quien quiera acogerse a esa vía tiene que iniciarla, y los plazos en derecho administrativo no esperan", añade el abogado.