La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, en su Delegación de Las Palmas, ha concluido las diligencias de investigación preprocesal número 16/24 abiertas para esclarecer posibles irregularidades en la contratación pública de la Sociedad de Promoción de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, entidad dependiente del Ayuntamiento capitalino. En su decreto de conclusión, fechado en enero de 2026, el Ministerio Fiscal aprecia indicios de delitos de prevaricación administrativa y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, y acuerda la presentación de querella por parte de la Fiscalía ontra Encarna Galván, Agustín Díaz, María Elena Rodríguez y Natalia Medina, así como el archivo de otras líneas de investigación.
Las diligencias se incoaron a raíz de una denuncia presentada en junio de 2024 por el Partido Popular (PP) del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, ampliada posteriormente en octubre del mismo año. El escrito denunciaba un incremento muy significativo del presupuesto de la Sociedad de Promoción, el uso reiterado del contrato menor y la adjudicación sistemática de contratos a determinadas mercantiles, en especial a la empresa Qué Tal Estás SL, vinculada a Natalia Medina, exconsejera del propio ente público.
Indicios de posibles delitos
En su decreto de conclusión de las diligencias de investigación preprocesal número 16/24, el Ministerio Fiscal aprecia indicios de la posible comisión de delitos de prevaricación administrativa y de negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos, y dirige expresamente la acción penal contra:
Encarna Galván González, presidenta y consejera delegada de la Sociedad de Promoción en el momento de los hechos; Agustín Díaz Rodríguez, gerente de la Sociedad de Promoción durante el periodo investigado; María Elena Rodríguez Henríquez, gerente de la Sociedad de Promoción en parte de los hechos analizados; y Natalia Medina Santana, consejera del Consejo de Administración de la Sociedad de Promoción y propietaria de la empresa adjudicataria Qué Tal Estás SL.
Crecimiento bajo investigación
Según los datos examinados por la Fiscalía, el presupuesto de la Sociedad de Promoción experimentó un crecimiento sostenido en los últimos años, alcanzando en 2024 los 19,4 millones de euros, lo que supone un incremento del 33,39 % respecto al ejercicio anterior y más de un 200 % en comparación con el año 2016. A estas cifras se suman transferencias municipales directas que superaron los 15,6 millones de euros en 2022 y los 18,2 millones en 2023, magnitudes que el Ministerio Fiscal considera relevantes para contextualizar el volumen y alcance de la contratación analizada.

La Fiscalía centra parte de su análisis en la utilización del procedimiento de contrato menor, un mecanismo legal pensado para atender necesidades puntuales y de escasa cuantía, pero que, según el decreto, habría sido empleado de forma reiterada para fragmentar encargos, evitando así los principios de publicidad, concurrencia y transparenciaexigidos por la legislación de contratos del sector público.
Empresas y eventos analizados
El decreto fiscal identifica un amplio listado de empresas que recibieron contratos de la Sociedad de Promoción, entre ellas Qué Tal Estás SL, Camino Viejo Producciones SL, Canary Stage SL, Discotecas Móviles Canarias SL, Montando Movidas SL, Producciones Escénicas Clapso, Palacio Calderón SL, Instalaciones Ferreras y Montajes Tubor SL y Piramide Moctezuma SL. Muchas de estas adjudicaciones estaban vinculadas a la organización del Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria y a distintos festivales culturales y musicales financiados con fondos públicos.
En el caso concreto de Qué Tal Estás SL, la Fiscalía documenta que los contratos otorgados entre 2019 y 2023 superan los dos millones de euros, incluyendo servicios de producción artística, dirección técnica y apoyo logísticopara eventos culturales de gran formato. La reiteración de adjudicaciones a esta mercantil constituye uno de los ejes centrales de la investigación.
Natalia Medina
La Fiscalía identifica de forma expresa que la titular de la empresa Qué Tal Estás SL es Natalia Medina Santana, quien fue consejera del Consejo de Administración de la Sociedad de Promoción de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria desde octubre de 2019. Su doble condición de empresaria adjudicataria de contratos públicos y miembro del órgano de gobierno del ente municipal es uno de los aspectos clave del análisis jurídico contenido en el decreto.
El Ministerio Fiscal subraya que Natalia Medina participó en sesiones del Consejo de Administración en las que se aprobaron programas, presupuestos y actuaciones que incluían contrataciones directas a su propia empresa, lo que, según la Fiscalía, generaba un conflicto de intereses directo, real y efectivo. El decreto señala que, en estos casos, la normativa vigente exige abstención expresa, algo que no se produjo, lo que refuerza los indicios de irregularidad penal.
Dimisión
Según consta en las actuaciones, Natalia Medina presentó su dimisión como consejera de la Sociedad de Promoción tras conocer que estaba siendo investigada por la Fiscalía, una vez abiertas las diligencias preprocesales. La renuncia se produjo cuando la investigación ya estaba en marcha y después de que se hubieran formalizado contratos entre la Sociedad de Promoción y Qué Tal Estás SL por importes elevados.
La Fiscalía precisa que la dimisión no elimina ni neutraliza los posibles efectos jurídicos de los hechos investigados, ni excluye la eventual responsabilidad penal derivada de actuaciones anteriores, especialmente en lo relativo a la falta de abstención, la participación en decisiones que afectaban a intereses propios y la adjudicación reiterada de contratos financiados con fondos públicos.
Archivo de otras actuaciones
Frente a las adjudicaciones a Qué Tal Estás SL, la Fiscalía descarta expresamente la existencia de indicios penales en relación con otras mercantiles investigadas. En concreto, el decreto acuerda el archivo de las actuaciones respecto a Camino Viejo Producciones SL y Pirámide Moctezuma SL, al concluir que no concurren elementos objetivos de prevaricación, fraude a la Administración ni malversación de caudales públicos.
En el caso de Camino Viejo Producciones SL, el Ministerio Fiscal señala que la utilización del procedimiento negociado sin publicidad se apoyó en criterios jurídicos y técnicos razonables, especialmente vinculados a la exclusividad artística, y recuerda que el derecho penal no está llamado a resolver discrepancias interpretativas propias del ámbito administrativo. Asimismo, destaca que no se ha detectado sobrecoste, desviación de fondos ni beneficio ilícito tras el análisis de facturación y cuentas bancarias.

Respecto a Pirámide Moctezuma SL, la Fiscalía concluye igualmente que no existen indicios objetivos de ilícito penal, ni en la tramitación de los expedientes ni en la ejecución de los contratos, por lo que procede su archivo pese a que en su escrito subraya "la ineficacia, ineptitud o negligencia de no prever (el órgano de contratación de la Sociedad de Promoción) un acontecimiento (obras del parque Santa Catalina) para la celebración de un evento anual (Carnaval 2024) cuya fecha se sabe con un año de antelación".
Indicios penales y resolución final
Tras el análisis exhaustivo de la documentación administrativa, los informes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) y las declaraciones practicadas, la Fiscalía concluye que existen indicios suficientes de delito de prevaricación administrativa, por la posible adopción de decisiones injustas a sabiendas, y de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, al concurrir intereses privados en decisiones públicas.
El decreto subraya que el reproche penal va más allá de una mera irregularidad administrativa, al afectar directamente a los principios de imparcialidad, buena administración y correcta gestión de los recursos públicos, pilares esenciales del funcionamiento de las administraciones locales.
Como resolución, la Fiscalía acuerda formular querella ante el órgano judicial competente por los hechos que considera penalmente relevantes, centrados en las adjudicaciones a Qué Tal Estás SL y en la actuación de responsables de la Sociedad de Promoción y del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Paralelamente, decreta el archivo de aquellas líneas de investigación en las que no aprecia indicios suficientes de ilícito penal, sin perjuicio de posibles responsabilidades en otros ámbitos.

