El caso de Pedro Sosa, el bombero de Las Palmas de Gran Canaria que en 2020 cayó desde casi diez metros de altura al intentar rescatar a un menor en el centro de La Montañeta, vuelve a ocupar los tribunales. Esta vez, con una sentencia clara: el Ayuntamiento capitalino es responsable de no garantizar las medidas de seguridad que hubieran evitado el accidente que cambió su vida.
El Juzgado de lo Social nº 11 de Las Palmas, en una resolución fechada el 29 de septiembre de 2025 y firmada por la magistrada Marina Mas Carrillo, ha desestimado la demanda presentada por el Consistorio contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el propio Sosa.
Recargo del 40%
La jueza confirma la resolución del INSS, que impuso al Ayuntamiento un recargo del 40% sobre las prestaciones del bombero por falta de medidas de seguridad y salud en el trabajo.
“Debo confirmar la resolución impugnada, absolviendo a los demandados de las pretensiones formuladas en la demanda”, dicta el fallo, que puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Sin protocolos ni formación
La sentencia repasa los hechos probados: el 6 de julio de 2020, Pedro Sosa, de 57 años y con 41 en el cuerpo, acudió con un cabo y varios compañeros al rescate de un joven encaramado a una valla metálica. La estructura, oxidada y sin estabilidad, cedió con su peso. Sosa cayó 7,6 metros al vacío y sufrió lesiones muy graves que lo mantuvieron en coma inducido un mes.

El juzgado considera acreditado que no existía un procedimiento de rescate en altura en el Servicio de Extinción y Salvamento del Ayuntamiento. Tampoco había formación teórico-práctica ni material adecuado, pese a que la Inspección de Trabajo ya había advertido en 2017 la necesidad urgente de establecer protocolos y equipamiento específicos.
El fallo es rotundo: “No puede apreciarse imprudencia del trabajador accidentado, pues su actuación respondió al ejercicio habitual del trabajo y a la confianza que este inspira.”
“Imprudencia y caso fortuito”
Durante el juicio, celebrado el 7 de mayo de 2025, el Ayuntamiento intentó exonerarse de responsabilidad alegando imprudencia del bombero e imprevisibilidad del accidente. La magistrada rechaza ambos argumentos y recuerda que la Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 164, impone el recargo cuando se incumplen las medidas básicas de seguridad, incluso aunque el siniestro ocurra en un contexto de emergencia.
“La ausencia de procedimientos actualizados, la falta de formación y la carencia de equipos constituyen infracciones de tal gravedad que impiden valorar como causa del accidente la imprudencia del trabajador”, señala la jueza.
El juzgado respalda la tesis del INSS, que ya había impuesto en 2023 un recargo del 40% —y no del 30%, como solicitaba el Consistorio— al considerar que las deficiencias detectadas eran estructurales y persistentes.
A la espera de justicia
Pedro Sosa, que ingresó en el cuerpo de bomberos con 19 años, sigue sin recibir la compensación económica reconocida por la administración. Desde 2020 ha denunciado públicamente el silencio institucional del Ayuntamiento, tanto con el exalcalde Augusto Hidalgo como con la actual regidora Carolina Darias, ambas del PSOE.
“Nos tratan como escoria. Arriesgamos la vida por los demás y, cuando caemos, se olvidan de nosotros”, lamentaba el bombero hace un año en declaraciones a Atlántico Hoy.
El INSS ha enviado hasta tres requerimientos sin respuesta para ejecutar el pago. Ahora, con esta nueva resolución judicial, la responsabilidad del Ayuntamiento queda aún más consolidada.
Precedente para el cuerpo
La sentencia podría tener efecto directo sobre otros casos dentro del Servicio de Extinción y Salvamento de Las Palmas, donde los sindicatos vienen denunciando carencias de medios y deficiencias en los talleres de mantenimiento.
El fallo refuerza la obligación del Consistorio de actualizar protocolos y dotar de material adecuado a los equipos de emergencia, recordando que “la seguridad de quienes protegen también debe ser protegida”.
Cabe recurso
La resolución no es firme. Contra la sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que deberá resolver si confirma o revoca el fallo. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria dispone de cinco días hábiles desde su notificación para anunciar el recurso.
Mientras tanto, la decisión judicial refuerza la posición del bombero Pedro Sosa y del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que mantienen que el accidente pudo haberse evitado con las medidas de seguridad adecuadas.

