El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife recientemente ha aprobado inicialmente una modificación del Plan General de Ordenación (PGOU-05) para actualizar la situación urbanística de 14 ámbitos de la ciudad que, pese a estar completamente desarrollados desde hace años, seguían apareciendo en el planeamiento como pendientes de desarrollar porque en 2020 cayó judicialmente el Plan que los recogía.
La medida forma parte de la Modificación Menor nº 1 del PGOU-05, un expediente que busca corregir algunos de los problemas detectados desde que en 2020 quedó anulado judicialmente el Plan General de Ordenación de 2013 y volvió a entrar en vigor el PGOU-05, una adaptación básica del planeamiento de 1992.
Aquella decisión judicial obligó a Santa Cruz a regresar a un documento urbanístico mucho más antiguo. Como consecuencia, reaparecieron en el planeamiento situaciones que ya habían sido superadas durante los años de vigencia del PGO-13. Sectores completamente urbanizados, con calles ejecutadas, parcelas definidas, servicios instalados y obras recepcionadas por el Ayuntamiento, volvieron a figurar sobre el papel como ámbitos pendientes de desarrollo.
Corregur el desfase
La modificación aprobada ahora pretende corregir precisamente ese desfase y reflejar sobre los planos esas edificaciones fantasma que existen en la calle pero no en el ordenamiento. Según la memoria urbanística, existen numerosas áreas de la ciudad que completaron hace años sus procesos de urbanización y gestión, pero que seguían clasificadas como ámbitos en transformación debido a que el PGOU-05 no reflejaba los cambios producidos durante la vigencia del planeamiento anulado.
La actuación afecta a 13 ámbitos distribuidos por distintos distritos del municipio y, aparte, un decimocuarto ámbito que ha requerido de más adaptaciones en El Molino. Entre ellos se encuentran las unidades de actuación de Duggi, Anselmo Benítez, Salesianos, Ángel Guimerá, Centro Comercial, Tomé Cano, El Sobradillo, Nuevo Obrero, Cuesta Piedra, Finca Briffard y La Ladera, además de los sectores de Glasor y Los Moriscos.
El Molino, en el Distrito Suroeste
A diferencia del resto de ámbitos incluidos en la modificación, El Molino recibe un tratamiento específico dentro del expediente debido a las particularidades de su desarrollo urbanístico. La antigua unidad de actuación UA-SO.133 procedía de la ordenación del Plan Parcial El Molino, aprobado en la década de los noventa y posteriormente incorporado al PGOU-05.
Fruto del retroceso al PGOU-05, el resultado fue una contradicción entre los planos y la realidad. Mientras sobre el terreno existía una urbanización terminada, con parcelas definidas y usos consolidados, el planeamiento seguía considerando el ámbito como una actuación pendiente. Igual que con los otros 13 ámbitos.
La modificación elimina esa discrepancia
Con la modificación, la unidad de actuación desaparece como tal y deja de figurar como un ámbito sujeto a desarrollo urbanístico. En su lugar, el ayuntamiento incorpora directamente al PGOU la ordenación resultante de la urbanización ejecutada y reconoce la condición consolidada del ámbito.
Además, el expediente aprovecha para corregir determinadas alineaciones y ajustar la documentación gráfica a la parcelación resultante del proyecto de compensación y a las obras realmente ejecutadas.
La ordenación resultante mantiene los usos actualmente existentes. Las manzanas principales quedan destinadas a actividades industriales, mientras que otras parcelas conservan usos residenciales unifamiliares, terciarios y dotacionales.
