La Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) ha finalizado mediante una terminación convencional el expediente sancionador iniciado contra el Ilustre Colegio de Procuradores de Santa Cruz de Tenerife.
La terminación convencional tiene un doble objetivo. Por un lado, lograr un restablecimiento rápido de las condiciones de competencia con unos compromisos que resuelvan los problemas y salvaguarden el bienestar de los consumidores y el interés público. Por otro lado, permite cumplir con el principio de eficacia administrativa, ya que facilita una reducción de los trámites de instrucción y acorta la resolución del sancionador.
Compromiso de los procuradores
Por su parte, el Colegio de Procuradores de Santa Cruz de Tenerife se ha comprometido a subsanar la discriminación en el acceso a la profesión, para que la cuota sea equitativa y proporcional y con ello evita ser sancionado por Competencia.
La CNMC detalla en un comunicado que el Colegio acordó exigir a los procuradores el pago de una cuota mensual de 50 euros por el uso de las salas de notificaciones y el traslado de escritos judiciales a través de LexNET, la plataforma informática de comunicación con los tribunales.
Esa cantidad se debía sufragar independientemente de que el sistema se utilizara de forma esporádica o puntual; un requisito que implicaba una discriminación de tipo económica para poder acceder a la profesión de procurador de los tribunales.
Acuerdo no equitativo
La CNMC considera que el acuerdo no sería equitativo ya que supondría una discriminación para el acceso a la profesión de procurador de los tribunales en función capacidad económica, y sin que exista una norma que lo ampare.
Por ello a partir de ahora se ha comprometido a que cada procurador pague por el uso de la plataforma LexNET en función de cada procedimiento judicial.
El importe se calculará teniendo en cuenta el volumen medio de las notificaciones telemáticas e impresas que cada tipo de procedimiento genera habitualmente, y de la entrega de documentación a los procuradores de distintos juzgados.
La CNMC considera que la metodología propuesta responde a criterios objetivos y proporcionales al servicio prestado. Asimismo, permite comprobar la justificación y transparencia de futuras revisiones.