Audiencia Provincial de Las Palmas./ ARCHIVO
Audiencia Provincial de Las Palmas./ ARCHIVO

Condenados a 17 años de cárcel sin atenuantes los acusados por la muerte del italiano Andrea C.

A la condena de 17 años para los dos acusados se suma otra de siete años de prisión para una mujer que les ayudó en el crimen

AtlanticoHoy / EFE

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a 17 años de cárcel por asesinato a los dos hombres que mataron al ciudadano italiano Andrea C. en 2021 en Vecindario (Gran Canaria), en una sentencia que les niega el beneficio de cualquier tipo de atenuante, ni siquiera la recomendada por la Fiscalía por su confesión, ya que la considera muy tardía. El fallo impone, a su vez, siete años de prisión a la mujer que les ayudó en el crimen, a la que se condena como cómplice.

Durante el juicio, el Ministerio Fiscal había llegado a un acuerdo con los procesados, David José R.S., Juan Felipe A.F. y Estefanía P.A.V., para reducir de 15 a siete años de cárcel su solicitud de condena a cambio de que los tres admitieran su culpabilidad, dejando los hechos en homicidio, pero la familia de la víctima mantuvo vivos los cargos de asesinato y demandó condenas de 20 años de cárcel.

Asesinato a traición

Para el magistrado que presidió el juicio, Arcadio Díaz Tejera, los hechos declarados probados por el Jurado encajan en este último delito agravado, el asesinato, al apreciar que los procesados actuaron con alevosía, pues mataron a Andrea C. sin darle oportunidad alguna de defenderse. Acometieron contra él por sorpresa, recuerda, y siendo "dos hombres fuertes contra solo uno". De hecho, en el propio veredicto, el Jurado establecía que Andrea C. fue atacado "a traición y de forma sorpresiva" por los acusados.

Según los hechos probados, los tres acusados habían cenado el 11 de septiembre de 2021 en un restaurante de Playa del Inglés, del que se fueron marchando uno a uno hasta dejar solo a Andrea C., quien no tenía dinero para pagar la cuenta y por eso los dueños del local llamaron a la Policía.

En su búsqueda

Los tres acusados vieron a Andrea C. hablar con los agentes y fueron a buscarlo al piso de Vecindario donde vivía y donde David José R.S. y Juan Felipe A.V. lo agredieron "brutalmente".

Para acabar con su vida, pidieron a Estefanía P.A.V. una sábana, que esta, a sabiendas de lo que estaba sucediendo, rompió en varios trozos. Con ellos, los otros dos acusados ataron los pies y manos de la víctima, se subieron encima de su espalda y con otro trozo de la sábana le apretaron fuertemente el cuello hasta la muerte.

Cuerpo calcinado

El cuerpo de Andrea C. fue hallado la mañana del 13 de septiembre en su vehículo, escondido entre unos invernaderos en la cercana zona de Pozo Izquierdo, totalmente calcinado.

La sentencia condena a David José R.S. y Juan Felipe A.V. como autores materiales del asesinato y a Estefanía P.A.V. como cómplice, no como cooperadora necesaria, ya que el magistrado entiende que ayudó al crimen facilitando una sábana hecha jirones, pero su colaboración no fue "imprescindible ni esencial".

Sin atenuantes

La Audiencia no solo niega a los procesados la atenuante de haber actuado bajo los efectos del alcohol o las drogas, algo que ya había hecho el propio Jurado, sino también la atenuante de confesión. Y ello porque no reconocieron su culpabilidad antes de que se abriera un procedimiento penal contra ellos, como exige el Código Penal, sino ya en pleno juicio. 

"Hacerlo cerca de cuatro años más tarde, en plena vista oral, no puede significar lo mismo, de ninguna manera" que lo que estableció el legislador en el Código Penal, razona el magistrado.

"Se agradece el reconocimiento de los hechos y el arrepentimiento manifestado en la vista oral y así se expresa por escrito en este momento, por la minoración del tiempo dedicado a la prueba durante la celebración del plenario", remarca, "pero eso no puede significar que tal cosa se convierta en una atenuante, ni siquiera analógica, pues no lo tiene así previsto el Código Penal".

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, condena finalmente a los dos autores materiales del asesinato a indemnizar de forma solidaria con 180.000 a la familia de la víctima.