El Hierro se declara en emergencia hídrica

El Cabildo ha considerado la inaplazable necesidad de declarar la situación de emergencia hídrica, situación especial de sequía, de la isla de El Hierro, por un plazo de vigencia de 6 meses

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Balsa de agua en Frontera. / Cedida
Balsa de agua en Frontera. / Cedida

El Cabildo de El Hierro ha declarado la “emergencia hídrica en la isla, situación de especial sequía, en la isla de El Hierro” y ha remitido su anuncio al Boletín Oficial de Canarias para su publicación.

El presidente del Consejo Insular de Aguas y de la Corporación insular, Alpidio Armas, informó que esta declaración atiende “a la situación hídrica actual en la isla, derivada del notable descenso de precipitaciones en los últimos años, situación continuada de estrés hídrico del suelo por descenso grave de los caudales disponibles y clara deficiencia de humedad en el mismo para el desarrollo vegetativo de plantas y cultivos, poniendo en grave riesgo el principal motor económico de la isla, agravada por el retraso de distintas obras de infraestructuras hidráulicas y las condiciones climáticas, con aumento de temperaturas y expansión del periodo estival”, tal y como se recoge en la información remitida al BOC.

Situación muy preocupante

Armas enfatiza que “no es momento de buscar responsables, exigiendo dimisiones o ceses, nuestro esfuerzo tiene que ir dirigido a buscar soluciones ante una situación muy preocupante y que afecta directamente al sector agrícola, pero de manera indirecta a otros como el ganadero, sobre todo tiendo en cuenta la proximidad del verano, con un incremento importante de la demanda tanto para el regadío como del agua para consumo”

Según señala en un comunicado, conforme a lo establecido en la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas y en sus normativas de desarrollo, se ha considerado la inaplazable necesidad de declarar la situación de emergencia hídrica, situación especial de sequía, de la isla de El Hierro, por un plazo de vigencia de 6 meses, “al objeto de poner en marcha distintas medidas que se precisan para garantizar los caudales necesarios para la sostenibilidad de la producción agrícola y preservar plenamente los usos sanitarios y domésticos”.

Dicha declaración conlleva implícita la declaración de utilidad pública o interés social, y cumplido el trámite de la ocupación, siempre que para la adopción de las medidas sea precisa la expropiación de bienes o derechos.

Actuaciones

En el marco de esta declaración de emergencia hídrica, y en coordinación con las comunidades de regantes se llevará a cabo el control de asignaciones de aguas a usos, superficies, cultivos y dotaciones específicas; una campaña de buenas prácticas de riego y concienciación de control de consumos para lograr un riego eficiente; fijación y control de riegos por turnos y sectorizaciones; así como el control periódico de consumos y análisis de desviaciones, con actuaciones de corte en el suministro y aplicación de gravámenes en el precio del agua por consumos excesivos o sanciones, conforme a los estatutos respectivos y normativa legal de aplicación, según se recoge en su anexo.

Por otra parte, y en coordinación con titulares y agrupaciones de captaciones, se realizará un estudio para la puesta en explotación de instalaciones “fuera de explotación” o no rentables, valorando los riesgos hidrológicos y repercusión económica, incluida la adquisición de pozos.