Tribunal Superior de Justicia de Canarias. /TSJC
Tribunal Superior de Justicia de Canarias. /TSJC

Los forenses de Canarias cobrarán las guardias aunque estén de baja médica

El TSJC ratifica que son retribuciones estructurales y rechaza el recurso de la Administración autonómica contra la sentencia ganada por CSIF

Alberto Ley

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado el derecho de los médicos forenses a percibir el abono de las guardias incluso cuando se encuentren en situación de incapacidad temporal. La Sala ha desestimado el recurso de apelación que había interpuesto la Comunidad Autónoma de Canarias, ratificando así una sentencia previa que da la razón a las reivindicaciones laborales de este colectivo en el archipiélago.

Esta resolución judicial supone un respaldo a la postura defendida por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), que ha hecho pública la sentencia. El fallo confirma íntegramente la decisión anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Las Palmas, consolidando la protección de los derechos económicos de estos profesionales de la Administración de Justicia frente a interpretaciones restrictivas de la normativa.

Las guardias son estructurales

El núcleo de la decisión del Alto Tribunal canario reside en la naturaleza de las retribuciones. La Sala considera probado que el régimen de guardias que realizan los médicos forenses en Canarias posee un carácter estructural, obligatorio y periódico. Por tanto, la Justicia determina que no puede calificarse este concepto como una retribución meramente ocasional.

En su argumentación, el tribunal concluye que negar el abono de estas cantidades durante una baja médica implicaría una merma retributiva injustificada para el trabajador. La sentencia subraya que la situación de incapacidad temporal obedece a causas ajenas a la voluntad del empleado, alineándose así con la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en materias similares.

Precedente para empleados públicos

La trascendencia de este fallo va más allá del caso individual de la funcionaria afectada. Según valora el sindicato CSIF, la sentencia sienta un precedente muy relevante para el conjunto del personal que realiza guardias estructurales dentro de la Administración. La resolución judicial cierra la puerta a que la administración autonómica aplique recortes encubiertos en las nóminas bajo interpretaciones arbitrarias cuando un empleado enferma.

Además del reconocimiento del derecho al cobro, el tribunal ha impuesto las costas del procedimiento a la Administración, lo que refuerza el criterio de que la actuación del Gobierno de Canarias al denegar este abono y recurrir la primera sentencia no estaba ajustada a Derecho.

Evitar nuevos litigios

Tras conocerse el fallo, CSIF ha exigido a la Administración de Justicia de Canarias que aplique este criterio de forma general. El objetivo es evitar nuevos litigios innecesarios que saturen los juzgados y garantizar el respeto inmediato a los derechos del personal médico forense y del resto de empleados públicos.

La organización sindical ha manifestado que continuará vigilante, tanto por la vía sindical como por la judicial, para asegurar que ningún trabajador vea perjudicadas sus retribuciones económicas por el hecho de encontrarse en situación de enfermedad, protegiendo así la estabilidad de los ingresos de los empleados públicos en Canarias.