El Gobierno canario advierte de que el teletrabajo "no es un derecho" y se puede revertir

La consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Nieves Lady Barreto, ha recordado que esta modalidad de trabajo en los empleados públicos se somete a evaluación y puede negarse si no se desarrolla el trabajo

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Teletrabajo./ Archivo - EP
Teletrabajo./ Archivo - EP

El teletrabajo se afianzó como una modalidad para mantener en funcionamiento muchos puestos de trabajo durante la pandemia y con las medidas sanitarias de la COVID-19. La plantilla de las administraciones públicas fue una de las beneficiadas del trabajo en remoto; sin embargo, “no es un derecho” de los empleados públicos autonómicos, advirtió la consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto, por lo que se puede revertir. 

Durante la comisión parlamentaria, la consejera ha subrayado la necesidad de los “controles estrictos” que se han establecido en Canarias para que en todos los centros directivos de la Comunidad Autónoma se cumpla con los requisitos del decreto que regula esta modalidad laboral y se asegure que “el trabajo se desarrolle”. 

"Igual que se otorga, se quita"

De hecho, de un análisis comparativo realizado con la normativa de otras comunidades autónomas, la administración canaria ha concluido que su regulación es de las más restrictivas, según Barreto, que ha calificado el decreto regulador como “bueno”. Este fue aprobado por el anterior gobierno y empezó a aplicarse tras las elecciones. 

El 24 de noviembre empezó a funcionar un comité de evaluación que hace un seguimiento de los resultados para garantizar que cumplen las funciones previstas, porque, si no sucede así, "igual que se otorga, se quita" el teletrabajo, ha enfatizado.

La consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto / EFE
La consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Nieves Lady Barreto / EFE

Qué servicio puede y cuál no

Es cada centro directivo y cada consejería la responsable de definir qué servicios pueden realizarse por teletrabajo y qué empleados pueden realizarlo, así como determinar si en cada caso se otorga uno, dos o tres días de trabajo en remoto.

"Es importante que las personas que acuden a la administración tengan claro que si el desempeño de un empleado en teletrabajo no es óptimo, no teletrabajará", afirmó la consejera, que agregó que hay puestos de trabajo que son presenciales y dentro del mismo servicio es necesario que durante la semana todo el servicio esté presente.

Evaluar si se cumple

Cada centro directivo es responsable de "dar o quitar" el teletrabajo, y el comité de seguimiento es responsable de "evaluar de manera continuada" que las funciones se cumplen adecuadamente, ha insistido a lo largo de la comparecencia, solicitada por la diputada del PP Mónica Muñoz.

Todos los grupos parlamentarios han coincidido en que el teletrabajo es una modalidad que se va a mantener y que tiene factores positivos, pero también han defendido los mecanismos de control rigurosos porque en ningún caso puede resentirse la calidad del servicio ni salir perjudicar la ciudadanía, a la que sirve la administración.