El Ejecutivo encomendó al consejero de Sanidad que solicitase al TSJC que respaldase la obligatoriedad del Certificado COVID para el acceso a determinados espacios de ocio o comerciales
Esta limitación se corresponde a un máximo de diez personas en el nivel 1 de alerta; seis personas en el nivel 2; cuatro como máximo en el nivel de alerta 3 e igual número en el nivel de alerta 4.