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El buque 'MSC Allegra' en plena operación de carga y descarga de contenedores en la terminal de Opcsa. / AH

En los puertos canarios los buques no tendrán límites a las emisiones de gases de efecto invernadero

Quedan eximidos temporalmente de la aplicación del reglamento comunitario los buques de más de 5.000 toneladas que llegan y permanecen en los puertos

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha incluido a los puertos de interés general de la Comunidad Autónoma de Canarias entre los que reciben exenciones temporales a la aplicación del reglamento comunitario relativo al uso de combustibles renovables y combustibles hipocarbónicos en el transporte marítimo.

La orden de la Dirección General de la Marina Mercante ha salido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOPE) y extiende la exención temporal de la aplicación de este reglamento, que ya abarcaba a otros de los puertos de interés general del Estado desde diciembre de 2024, también a los de interés general de la Comunidad Autónoma, por ser región ultraperiférica

Gases de efecto invernadero

En consecuencia, los puertos de interés general situados en las islas Canarias, en su condición de región ultraperiférica, quedan eximidos de los límite de emisiones de gases de efecto invernadero en la energía utilizada a bordo por los buques de más de 5.000 toneladas que llegan y permanecen en los puertos, a los que el reglamento obligaría en otro caso a utilizar el suministro de electricidad desde tierra o una tecnología de emisión cero.

Esos puertos de interés general son los de La Restinga, Corralejo, Morro Jable, Gran Tarajal, Las Nieves, Arguineguín, Santa Águeda, Playa Santiago, Vueltas, Órzola, Caleta del Sebo, Puerto del Carmen, Playa Blanca, Tazacorte, Garachico, Playa San Juan, Puerto de la Cruz y Las Galletas

Excepción temporal

El Pacto Verde europeo tiene como objetivo dejar de depender del dióxido de carbono (CO2). Si no fuera por esta nueva medida, las navieras tendrían que pagar los derechos de emisión al 100% en los desplazamientos entre puertos de la Unión Europea y al 50% en el caso de los viajes con llegada y salida de la UE.  La propia normativa establece ya que su aplicación puede ser un obstáculo para las Regiones Ultraperiféricas (RUP) y, por ello, preveía desde el inicio la posibilidad de una excepción temporal.

Empresarios de las dos provincias así como las Autoridades Portuarias, llevaban año y medio pidiendo esta exención, que aseguraban que la medida tendría un gran efecto en los puertos españoles, que supondría un coste adicional a las navieras a la hora de atracar y que existe el riesgo de perder conectividad.