Después de que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) fallase a favor de un autocaravanista discapacitado al que la administración pedía el pago del impuesto de matriculación, al menos 16 compañeros más han presentado ante Hacienda una reclamación con el mismo fin.
La normativa señala que estará exenta de impuesto la primera matriculación definitiva de los vehículos automóviles a nombre de personas con discapacidad que sigan unos criterios, pero en las Islas se anuló en 2022 la exención de dicho impuesto.
Este miércoles la asociación de autocaravanistas Acat Tenerife informó que habían procedido a presentar las reclamaciones de los 16 casos pendientes de sus socios después de lo ocurrido con el socio número 200 de la asociación.

Comunicado
La Acat comunicaba que, una vez causado firmeza la Sentencia del TSJ de Canarias con respecto a la Exención del Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) por tener Certificados de PMR, "hemos procedido a presentar las correspondientes reclamaciones por Sede Electrónica ante Hacienda de los 16 casos pendientes de nuestros socios".
Juan Martín, presidente de la Acat, valora a Atlántico Hoy que el caso del compañero que logró ese fallo a favor ha servido de precedente no solo para los demás afectados que ahora están el proceso, también para el autocaravanismo en Canarias.
Exención
La Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, establece en uno de sus artículos que estará exenta del impuesto la primera matriculación definitiva de los vehículos automóviles matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo, aunque cumpliendo una serie de requisitos.
Según la Acat, en las Islas la exención de ese impuesto se anuló en 2022. Con la anulación del TSJC a este socio se obliga a la administración a cubrir los gastos del proceso. Tal y como contaban a Acat a este medio, todo comenzó cuando Hacienda reclamó esa exención al impuesto de matriculación. “En la resolución trasladaban textualmente que un minusválido no tenía derecho a acogerse a la exención del impuesto dado que la autocaravana es un vehículo de recreo y que podía ser utilizada por otras personas”, detallaba Martín.
Judicalizar
Por ello se vieron obligados a judicializar el asunto emprendiendo acciones legales. Al parecer en diciembre de 2023 les llegó una resolución a favor de Hacienda, y en mayo de 2024 presentaron la demanda ante el TSJC. La asociación celebra esa sentencia a favor y espera que se aplique al resto de afectados.