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Ulises Bendala, uno de los afectados por la parálisis urbanística de Cho Parque la Reina, en su terreno sin edificar./ CEDIDA

Arona se niega a que un vecino use en un juicio por las licencias de Cho-Parque de la Reina un dictamen que el propio ayuntamiento encargó a la ULL

Arona encargó en 2024 un dictamen a la ULL para resolver un problema urbanístico, pero se ha negado a aplicar el resultado e impugna los intentos de los vecinos de usarlo en sede judicial

El Ayuntamiento de Arona ha pedido al Tribunal de Instancia (Sección de lo Contencioso-Administrativo) de Santa Cruz de Tenerife que no admita como prueba el dictamen jurídico que el propio consistorio encargó y pagó a la Universidad de La Laguna (ULL) sobre la situación urbanística del Polígono 2A de Cho-Parque de la Reina y que concluye que la urbanización fue recibida tácitamente, una tesis que da la razón a los 30 vecinos afectados por la parálisis y respaldaría la concesión de licencias de obra.

Estos vecinos llevan casi una década sin recibir licencias para construir (a pesar de que otros sí la consiguieron desde los años ochenta hasta el cambio de postura del ayuntamiento) porque el consistorio considera ahora que la urbanización no está recepcionada porque la promotora, Gestur, no entregó en 1985 un proyecto de compensación del 10% nunca. Además de haber otros propietarios que durante décadas sí consiguieron licencias, el ayuntamiento siempre ha tratado el ámbito como recepcionado, dotándolo de servicios.

Varios vecinos han llevado al consistorio a los tribunales. Es el caso de Ulises Bendala, que denunció la desestimación por silencio administrativo de su solicitud de licencia de obra mayor para construir una vivienda unifamiliar en una parcela de su propiedad en ámbito urbanístico. Ahora, en el marco de su procedimiento, Arona apoya excluir el dictamen que le da la razón.

El dictamen

El dictamen de la ULL fue elaborado por encargo del propio ayuntamiento en 2024 y costó 14.980 euros. Durante más de un año, el ayuntamiento mantuvo guardado el documento sin entregárselo a los vecinos, lo que motivó varios requerimientos del Tribunal de Instancia para que incorporara el dictamen al expediente de los vecinos que habían denunciado al consistorio por no darles licenciasllegando incluso a amenazar con multas coercitivas contra los funcionarios por no hacerlo.

Una vez incorporado el dictamen al procedimiento, la representación de uno de los vecinos, Ulises Bendala, lo aportó junto con el resto de su demanda en el juzgado. Sin embargo, el magistrado decidió no admitirlo como prueba.

Desestimado como prueba

La resolución, a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy, explica que "la prueba pericial que reconoce nuestro ordenamiento jurídico ha de versar ineluctablemente sobre materias sobre las que el Juzgador necesite ser auxiliado desde el punto de visto técnico. Entre éstas no se encuentra la materia jurídica", añadiendo que así lo confirma la Sentencia del Tribunal Supremo 4054/2014, de 21 de julio.

Frente a esa decisión, la parte demandante interpuso un recurso de reposición para intentar que el dictamen fuera admitido. En ese momento, el Ayuntamiento de Arona, representado por los Servicios Jurídicos del Cabildo de Tenerife, solicitó al juez que se mantuviese la exclusión del informe elaborado por la Universidad de La Laguna.

Es decir, el magistrado consideró que ese dictamen era una interpretación jurídica ajena al Tribunal y que no tenía cabida como prueba en ese juicio y el consistorio, que encargó dicho documento en 2024 para tener un respaldo jurídico que le permitiese dar licencias en Cho-Parque de la Reina, apoyó que se quedase fuera del juicio. Dicho dictamen es, probablemente, el argumento jurídico más sólido en favor de los vecinos afectados.

La postura del ayuntamiento

En su escrito de oposición al recurso, el ayuntamiento sostiene que la resolución judicial "se ajusta plenamente a Derecho" y defiende que el informe jurídico que el propio consistorio encargó en 2024 no puede ser admitido como prueba porque versa sobre cuestiones jurídicas cuya interpretación corresponde al órgano judicial.

Según el dictamen elaborado por la Universidad de La Laguna, la urbanización fue objeto de una recepción tácita por parte del Ayuntamiento de Arona y esa recepción "produce los mismos efectos jurídicos que la recepción expresa", por lo que constituye un presupuesto suficiente para el otorgamiento de licencias urbanísticas.

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