¿Son lo mismo una vivienda vacacional y un apartamento turístico? Aunque estos términos se usen como sinónimos, son figuras distintas dentro de la ley, e implican diferencias a nivel normativo y para los usuarios.
La nueva Ley de ordenación sostenible del uso turístico de viviendas de Canarias, popularmente conocida popularmente como Ley de Vivienda Vacacional, está ya en tramitación en el Parlamento y prohíbe expresamente "quitar" el uso de VV conforme al decreto 113/2015 para poner la vivienda en otra modalidad de uso turístico como, por ejemplo, el de Apartamento Turístico, que se rige por la ley 2/2013.
Y a este respecto, cabe preguntarse ¿qué diferencia la vivienda vacacional del apartamento turístico?
Definición
La Consejerís de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias los define así:
Apartamento: el establecimiento extrahotelero compuesto por unidades de alojamiento dotadas del equipamiento e instalaciones necesarias para la conservación, manipulación y consumo de alimentos.
Viviendas vacacionales: las viviendas, que amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato y reuniendo los requisitos previstos en el Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias, son comercializadas o promocionadas en canales de oferta turística, para ser cedidas temporalmente y en su totalidad a terceros, de forma habitual, con fines de alojamiento vacacional y a cambio de un precio.
Diferencias
A priori, no parece que se hable de tipos de alojamientos muy dispares, pero tienen diferencias fundamentales: las viviendas vacacionales son unidades residenciales que se alquilan de manera ocasional, mientras que los apartamentos turísticos están diseñados y destinados exclusivamente para el alojamiento de turistas.
Eso sí, ambas tienen que estar reguladas: el propietario debe obtener una licencia emitida por el ayuntamiento o la comunidad autónoma.
Límite al suelo residencial
Dentro de los tipos de alojamientos que recogen las leyes, las viviendas vacacionales son algo así como un híbrido entre una vivienda de uso residencial y un apartamento turístico, cuyo crecimiento ha necesitado una nueva legislación que haga frente a la nueva realidad.
La nuev normativa prohíbe destinar la totalidad de un edificio residencial al uso turístico, buscando proteger el acceso a la vivienda para los residentes locales. Sin embargo, los apartamentos turísticos están destinados al alquiler temporal con fines turísticos, y generalmente, se encuentran en edificios o complejos dedicados íntegramente a esta actividad, integradas en un ambiente similar al de un hotel.
Hasta ahora no existían límites ni en cantidad de viviendas vacacionales que podía soportar un municipio. Con la nueva ley, será obligatoria la planificación urbanística previa y solo se podrá destinar al uso turístico un máximo de un 10% de la edificabilidad residencial municipal. En el caso de las islas verdes este límite estará en el 20%
Clasificación turística
Otra diferencia importante es que los apartamentos turísticos son "alojamientos extrahoteleros"- Esto es, deben cumplir con requisitos específicos de seguridad y calidad establecidos por la normativa local. Sin embargo, la vivienda vacacional es una casa, y nadie pide a una vivienda que sea otra cosa que habitable.
Además, se clasifican por categorías, similares a las estrellas en los hoteles, que indican su nivel de confort y servicios, mientras que las viviendas vacacionales, no se rigen por los criterios turísticos oficiales (ya lo harán las puntuaciones de los usuarios en las plataformas).
