El matrimonio que regentaba La Marea, condenado a dos años de cárcel y al pago de un millón

La Fiscalía pedía seis años de cárcel por un delito continuado contra la Seguridad Social, extremo que la Audiencia Provincial de Las Palmas no aprecia en su sentencia

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El matrimonio que regentaba la La Marea, condenado a dos años de cárcel y al pago de un millón. ATLÁNTICO HOY
El matrimonio que regentaba la La Marea, condenado a dos años de cárcel y al pago de un millón. ATLÁNTICO HOY

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a dos años de cárcel a Ángeles Vanessa Macías García y Luis Ignacio Chirino González, empresarios que regentaban el Restaurante La Marea), por un delito contra la Seguridad Social. La sentencia, a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy, considera probado que la pareja creó tres sociedades, las cuales explotaban restaurantes de mucho éxito ubicados en Las Palmas de Gran Canaria, pero no pagaban las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a la actividad que desempeñaban ni las de autónomos. Además, hacían contratos fraudulentos a sus empleados (contratos de formación) con la intención de obtener bonificaciones sin que cumplieran los requisitos legales.

Durante el juicio, Luis Ignacio no reconoció los hechos en las respuestas a las preguntas de su abogado, Israel Godoy y trató de excusar a Ángeles Vanesa, que se acogió a su derecho a no declarar, asegurando que “él se encargaba de todo”. “La Inspección (de Trabajo y la Seguridad Social) siempre me ha tenido a mí entre ceja y ceja”, acertó a decir el acusado en su brevísima intervención ante la Audiencia. Los funcionarios de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social destacaron ante el Tribunal la nula colaboración de los acusados durante el período que duró la investigación.

Acumulación de deudas

Según la sentencia, la primera de las sociedades, Integrated Services 08 SLU, la constituyeron en diciembre de 2011 y comenzó su actividad en enero de 2012. Contaba con dos centros de trabajo que eran los restaurantes La Marea, ubicados en las calles Santiago Tejera Osavarry (barrio de San Cristóbal) y Alcalde Ramírez Bethencourt, ambos de Las Palmas de Gran Canaria. Su socia y administradora única era la acusada Ángeles Vanessa Macías García y acumuló una deuda con la Seguridad Social por falta de cotización durante el período comprendido entre septiembre de 2012 y mayo de 2015 por importe total de 215.004,95 euros, aunque le serían descontados 27.782, 91 euros de 2012.

La segunda sociedad, Rice Fusion SL, la constituyeron en abril de 2015 y presuntamente la crearon para poder seguir con la actividad de los restaurantes y evitar acciones y embargos de la administración por la deuda que ya acumulaban. Esta sociedad, cuyo administrador único era el acusado Luis Ignacio Chirino González, le debe a la Seguridad Social por falta de cotización un importe de 116.097,97 euros. La tercera sociedad, Costa Restaurante 88 SL, la constituyeron en marzo de 2015 y Luis Ignacio Chirino González era su único socio.

Rebaja de la pena

Dejó una deuda con la Seguridad Social por falta de cotización por un importe total de 58.294,47 euros, esta sociedad es también responsable solidaria de la deuda de Integrated Services SL en virtud del acta de liquidación por derivación de responsabilidad solidaria por sucesión de empresas por importe de 201.805,33 euros.

La fiscal y la acusación particular (TGSS) solicitaron para la pareja de hosteleros penas de seis años de prisión, una multa de 1.168.201,17 euros, y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante ocho años. Sin embargo el tribunal les ha rebajado la pena considerablemente al estimar que no se trató de un delito continuado en el tiempo. “Este dato es relevante en esta causa, fundamentalmente para determinar la legislación aplicable, pues si bien ambas acusaciones formulan su acusación conforme a la nueva legislación, sin embargo el Ministerio Fiscal y la Tesorería de la Seguridad Social lo califican como delito continuado del subtipo agravado del art. 307 bis”, explica la sentencia en relación a la cantidad defraudada que se señala en un importe superior a los 50.000 euros, durante cuatro años naturales, frente a la cifra de 120.000 euros, en un único año natural, que se contempla en la reforma de la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre.

Cabe recurso

“En cuanto a la cuestión por tanto de cuáles son los hechos mediante se ha eludido o defraudado, es la creación de distintas empresas, de un grupo de empresas que en realidad encubre una sola”, detalla el documento. “Entendemos que estamos ante un delito de defraudación a la Seguridad Social y las infracciones que integran son las cuotas no ingresadas los años 2013, 2014, 2015 y 2016”, continúa la ponente de la sentencia, Oscarina Naranjo.

Y concluye condenando a los dos acusados a una pena de dos años de prisión, al pago de un millón de euros: la cantidad defraudada (355.186,66 euros) más una multa por el doble de esa cifra (710.373,32 euros). Sobre esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de justicia de Canarias (TSJC).