El TSJC dictó sentencias contradictorias en los 90 sobre el plan Cho (Arona) que alargan el bloqueo

En dos procedimientos diferentes, el TSJC dijo que al plan parcial El Cho 2 se le aplicaba la ley de suelo de 1956 y la de 1975 simultáneamente

Uno de los terrenos de Cho-Parque La Reina, en Arona./ IDEALISTA
Uno de los terrenos de Cho-Parque La Reina, en Arona./ IDEALISTA
Álvaro Oliver González, redactor jefe en Tenerife

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El gato de Schrödinger es un célebre experimento mental de 1935 que habitualmente sirve para ilustrar cuando un suceso es y no es de forma simultánea, como si de un fenómeno cuántico se tratara. En Arona, la normativa que se ha aplicado a los polígonos del plan parcial El Cho 2 es la normativa de Schrödinger, en tanto que durante los años 90 se dictaron por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) sentencias sobre el mismo ámbito contradictorias entre sí, pero firmes.

En Cho-Parque la Reina hay una treintena de vecinos a los que desde hace siete años el Ayuntamiento de Arona les ha denegado sistemáticamente licencias para construir pese a haber concedido 55 desde los años 80 porque se ha dado cuenta ahora de que la urbanización donde se encuentran, llamada Fase I Polígono 2A, no está formalmente recepcionada.

Y esto es así porque, cuando aquella urbanización concreta se desarrolló en los años 80, Gestur (que fue la empresa que compró una porción de los terrenos del plan parcial El Cho 2 para urbanizarlos y venderlos) no entregó al Ayuntamiento de Arona un proyecto de compensación que incluyese un 10% de terreno para aprovechamiento municipal. En consecuencia, el consistorio considera que la obra no está entregada.

Gestur rechaza su responsabilidad

Como se ha explicado, Gestur había comprado varias fincas del plan parcial, un terreno mucho más grande que fue desarrollado en los 70 por Cañadablanca SA y constaba de 600.000 metros cuadrados que se fueron disgregando. Concretamente, Gestur adquirió el Polígono 2A (donde los vecinos están bloqueados) y el Polígono 5A, que es una zona industrial.

El pasado martes, el consejero delegado de Gestur, Agoney Piñero, acudió al Parlamento de Canarias a explicar por qué la empresa pública considera que no está obligada a entregar el 10% de aprovechamiento de ese Polígono 2A y por qué considera que la urbanización está tácitamente recepcionada por silencio administrativo.

Según el razonamiento de Piñero y un técnico jurídico que le acompañó, Gestur no debe pagar ese 10% porque el plan parcial El Cho 2 se aprobó inicialmente el 24 de mayo de 1975, un día antes de que entrase en vigor la Ley del Suelo de ese año que introducía la compensación del 10%. Por lo tanto, se le debía aplicar la norma de 1956, que no exigía esos extremos.

Sentencia que avala el 10%

Y, en parte, tienen razón. Pero, también en parte, no. Es la normativa de Schrödinger. Tal y como publicó Atlántico Hoy el pasado miércoles, en 1991 una sentencia del TSJC posteriormente ratificada por el Supremo estableció, con respecto a una reclamación de Gestur en otro de los polígonos del plan parcial El Cho 2 (el Polígono 5A) que "el plan parcial fue aprobado inicialmente el 24 de mayo de 1975, unos días antes de la entrada en vigor de la Ley del Suelo del 2 de mayo de 1975, fue aprobado definitivamente cuando ya esta ley se encontraba vigente, siéndole de aplicación por ello lo dispuesto en el apartado 1 de su Disposición Transitoria segunda, que establece que tales planes se ejecutarán con arreglo a los preceptos de la nueva ley y no conforme a los de la anterior de 1956".

Y añadía: "Sobre la cuestión de si a dichos planes les corresponde realizar la cesión del 10% del aprovechamiento medio, hay que resolverlo en sentido positivo de conformidad con lo dispuesto en dicha Disposición Transitoria según jurisprudencia reiterada del tribunal Supremo, que señala que dicha cesión del 10% sí deben hacerla esta clase de planes parciales".

El TSJC se contradice

Según esta sentencia, ratificada en el Supremo, parece claro: al plan parcial El Cho 2 se le aplica la Ley del Suelo de 1975 y hay que pagar el 10% de aprovechamiento. Sin embargo, una sentencia anterior dictada en 1990 sobre otro procedimiento también por parte del TSJC sí reconocía que ese plan parcial y, por ende, las urbanizaciones de Gestur, se regían por la ley de 1956.

Dicha sentencia, a la que ha tenido acceso Atlántico Hoy y a la que hizo mención de pasada Agoney Piñero en el Parlamento, se dictó a instancias de un recurso presentado por M. G. L. contra el Estudio de Detalle de la Fase I del Polígono 2A (donde ahora están bloqueados los vecinos) que consideraba que no era conforme a Derecho por basarse en la ley de 1956 en lugar de la de 1975.

La sala rechazó el recurso y argumentó: "Si examinamos cuándo fue aprobado inicialmente el Plan Parcial ‘Cho‐2’, veremos como queda acreditado documentalmente que lo fue el día 24 de mayo de 1975, es decir un día antes de la entrada en vigor de la referida Ley de 1975. (...) Y en aplicación de la Disposición Transitoria Segunda ya aludida, lo determinante es la aprobación inicial, luego es la Ley de 1956 la que debe regular el referido Plan Parcial".

Una bloqueo irresoluble

Aunque esta sentencia no se refería al controvertido 10% de aprovechamiento sino al Estudio de Detalle, el TSJC dejó claro en esta ocasión que la legislación aplicable era la de 1956, y a este fallo se aferra ahora Gestur para rechazar su responsabilidad.

Mientras tanto, una treintena de vecinos continúa desesperada porque se desbloquee la situación. Dejando a un lado el papel de Gestur, el Ayuntamiento de Arona tiene desde septiembre de 2024 un dictamen jurídico de la Universidad de La Laguna que ofrece tres posibilidades para deshacer el entuerto de manera conforme a Derecho, y este documento no ha sido pagado, ni se ha utilizado, ni se le ha entregado a los vecinos para su consulta.