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Propietarios afectados por la parálisis en Cho Parque la Reina, en Arona (Tenerife), donde llevan años sin recibir licencias para construir./ MONTAJE AH

Un informe de la ULL da la razón a los vecinos de Cho: está recepcionado y Arona debe dar licencias

Una treintena de vecinos llevan más de siete años aguardando por licencias urbanísticas que Arona se niega a darles porque dice que la urbanización no está recepcionada

El Ayuntamiento de Arona ya ha entregado a los vecinos de Cho-Parque de la Reina el dictamen jurídico encargado a la Fundación General de la Universidad de La Laguna (ULL) sobre la situación urbanística del polígono 2A de Cho, después de meses de negativa a dárselo y de varios requerimientos judiciales para que facilitara el expediente, bajo amenaza de multas coercitivas.

El documento, firmado por los juristas Andrés Manuel González Sanfiel y Francisco José Villar Rojas, sostiene que la urbanización puede considerarse recepcionada de forma tácita por el Ayuntamiento, lo que jurídicamente permitiría otorgar licencias urbanísticas en el ámbito. En la zona, un grupo de unos 30 propietarios lleva más de siete años sin que les concedan licencias porque el consistorio dejó de entregarlas tras décadas de desarrollo urbanístico sin impedimentos, alegando que en realidad la urbanización nunca había sido recepcionada porque su promotora (Gestur) no había entregado un proyecto de compensación del 10% en los años 80.

Está recepcionado

Ahora, los vecinos han comenzado a solicitar la inclusión del dictamen en sus expedientes, ya que han denunciado al consistorio por la vía contencioso-administrativa y quieren que conste de cara al procedimiento judicial.

El dictamen concluye que “la urbanización del Polígono 2A de CHO se encuentra recibida de forma tácita o implícita por el Ayuntamiento de Arona” debido a las actuaciones municipales desarrolladas durante años.

El informe 

El informe fue encargado por el área de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Arona para responder a una serie de preguntas jurídicas sobre la situación del sector, urbanizado en los años 80. Entre otras cuestiones, el Ayuntamiento pidió aclarar si concurrían los supuestos para considerar que la urbanización estaba recibida tácitamente, si esa recepción requería una declaración formal y si podía utilizarse como base jurídica para conceder licencias de edificación.

El dictamen analiza el régimen jurídico de la recepción de urbanizaciones y dedica un apartado específico a la figura de la recepción tácita o implícita, una construcción jurisprudencial que se produce cuando la Administración actúa durante años como si la urbanización ya hubiera sido asumida formalmente.

Actuaciones municipales durante años

En el caso de Cho, el informe enumera una serie de actuaciones del propio Ayuntamiento que apuntan en esa dirección: mantenimiento de la urbanización mediante contratos municipales, prestación del servicio de alumbrado público, recogida de residuos, limpieza viaria y concesión de numerosas licencias de edificación y de vado.

Según el dictamen, “este conjunto de hechos y de actos administrativos ponen de manifiesto que, a pesar de no haberse dado una recepción formal y expresa de la urbanización, el Ayuntamiento viene interviniendo directamente en el ámbito actuando como si la hubiera recibido formalmente”.

Idénticos efectos jurídicos

A partir de ese análisis, el informe concluye que “la recepción tácita o implícita comporta los mismos efectos jurídicos que la recepción expresa, trasladando a la Administración municipal la responsabilidad de la conservación de la urbanización y el ejercicio de las potestades correspondientes, entre ellas el otorgamiento de licencias urbanísticas”.

El dictamen añade además que la Administración puede documentar ahora esa situación para aportar seguridad jurídica, aunque ese acto tendría carácter declarativo, no constitutivo, porque la recepción se habría producido previamente de hecho.

No procede revisar las licencias concedidas

Otro de los puntos analizados por los juristas es la validez de las licencias urbanísticas otorgadas en el ámbito a lo largo de los años. El informe concluye que “no concurren los presupuestos para la revisión de oficio de las licencias de edificación ya otorgadas”, al entender que fueron concedidas con la urbanización ya recibida tácitamente.

El documento también descarta que otros posibles problemas urbanísticos alteren esa conclusión, señalando que no tiene fundamento jurídico “recibir por segunda vez lo ya recibido” si la recepción implícita se ha producido previamente.

El papel de Gestur

El dictamen recuerda que el polígono 2A de Cho fue promovido y urbanizado en los años 80 por la empresa pública Gestur y analiza si posibles incumplimientos de la promotora podrían afectar a la recepción de la urbanización.

Entre las cuestiones planteadas por el Ayuntamiento, figuraba si Gestur pudo incumplir obligaciones como la participación en la equidistribución de beneficios y cargas o la cesión del 10 % del aprovechamiento urbanístico, un asunto que ha sido objeto de litigios históricos en el planeamiento de Cho.

El dictamen sostiene, sin embargo, que esos posibles incumplimientos no impiden que se haya producido la recepción tácita de la urbanización ni alteran sus efectos jurídicos si el Ayuntamiento ha actuado durante años como si ya la hubiera asumido.

Quién firma el dictamen

El informe está firmado por Andrés Manuel González Sanfiel y Francisco José Villar Rojas, integrantes del Grupo de Investigación de Derecho Administrativo de la Universidad de La Laguna.

Villar Rojas es catedrático de Derecho Administrativo en la ULL y especialista en derecho público y urbanismo, con una amplia trayectoria académica y participación en estudios y dictámenes sobre organización administrativa y régimen jurídico de las administraciones públicas.

Meses de conflicto por el acceso al expediente

El documento se ha conocido después de meses de controversia sobre su contenido y su acceso. Durante ese tiempo, el Ayuntamiento de Arona se negó a facilitar el dictamen a los vecinos, lo que provocó varias reclamaciones judiciales.

Un juzgado llegó a advertir al consistorio de posibles multas coercitivas si no entregaba el expediente solicitado por los residentes de Cho-Parque de la Reina, que llevan años denunciando el bloqueo urbanístico del ámbito. La tensión judicial llegó al punto de que el tribunal advirtió incluso de la posibilidad de citar a la alcaldesa, Fátima Lemes, si no se aportaba la documentación requerida.

El acceso al dictamen también estuvo rodeado de polémica por el pago del informe encargado a la ULL. Durante meses, el Ayuntamiento sostuvo que no podía facilitar el documento porque aún no había sido abonado, pese a que el contrato menor para su elaboración, que ascendía a 14.980 euros, fue adjudicado en 2024.

Un conflicto urbanístico de décadas

El caso de los polígonos Cho arrastra décadas de litigios urbanísticos y decisiones judiciales contradictorias que han afectado al desarrollo del sector. El Tribunal Supremo ya dictó en 1995 una sentencia contra Gestur relacionada con la obligación de cesión del aprovechamiento urbanístico en el plan parcial, mientras que otra sentencia diferente, en otra parcela, avalaba a la empresa.

En el caso del polígono 2A, que atañe a estos propietarios, los vecinos han insistido en que el consistorio actúa desde hace años como si la urbanización estuviera recepcionada, mientras que las licencias permanecen paralizadas.

El dictamen jurídico encargado a la Universidad de La Laguna se elaboró precisamente para aclarar esa situación y determinar si la urbanización puede considerarse recibida jurídicamente por el Ayuntamiento y si ello permite desbloquear el otorgamiento de licencias en el ámbito. Ahora, la ULL le da la razón a los vecinos, aunque el dictamen no es vinculante y todavía está por ver que Arona les de por fin sus licencias.